La presente ley tiene por objeto desarrollar las disposiciones de la Constitución de la República, que se refieren a la protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones; así como también, normar la gestión ambiental, pública y privada y la protección ambiental como obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes en general; y asegurar la aplicación de los tratados o convenios internacionales celebrados por El Salvador en esta materia.
Este Primer Informe de País responde a parte del compromiso asumido por El Salvador, al ratificar la Convención Sobre Diversidad Biológica, en Mayo de 1994.
Este Convenio es el principal instrumento
internacional para todos los asuntos relacionados con la diversidad
biológica. Proporciona un enfoque completo y
holístico para la conservación de la diversidad
biológica, la utilización sostenible de los recursos
naturales y la participatión justa y equitativa en los
beneficios provenientes del uso de los recursos geneticos.